Licencia de apertura y actividad de un establecimiento

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Licencia de apertura y actividad de un establecimiento

Te explicamos en qué consiste la licencia de apertura y actividad, la importancia de conocer bien los requisitos de tu actividad a la hora de buscar local, los tipos de licencia de apertura existentes, las características de los informes y proyectos técnicos, el coste de la licencia de apertura, el procedimiento de solicitud y el funcionamiento de las conocidas como «licencias de actividad express».

Conoce bien los requisitos de tu actividad

A la hora de buscar un local, nave u oficina para tu negocio, debes tener siempre presente su adecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar. Es muy importante que averigües esos requisitos antes de empezar la búsqueda (pregunta en tu Ayuntamiento o en una empresa especializada) para poder utilizarlos como filtro.

Para evitar costes inesperados, asegúrate de que el local cumple todos los requisitos antes de cerrar la compra o alquiler. Compruébalos incluso si en el local ya se ejercía esa actividad, ya que la normativa cada vez es más exigente y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual, que es la que te va a exigir a ti el Ayuntamiento.

Tipos de licencias de apertura y actividad

Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:

  • Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.
  • Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.

Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.

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